En nuestra organización la educación como función social atraviesa todos los proyectos, servicios y procesos que desarrollamos. Por un lado brindamos servicios educativos adscriptos al sistema formal y al mismo tiempo generamos diversas experiencias de capacitación, formación comunitaria y acompañamientos a lo largo de la vida de las personas que constituyen procesos educativos no formales. De estas múltiples maneras, con estos diversos formatos y características, la educación tiene en nuestra institución el objetivo del desarrollo pleno e inclusivo, en términos de participación y protagonismo.
La función de educación es de hecho constitutiva del origen de nuestra organización. Sus fundadores se unieron en épocas en que la escolaridad estaba prácticamente vedada para buena parte de las personas con discapacidad intelectual en nuestro país. Desde entonces, nuestros procesos en este campo se inscribieron en profundas transformaciones que fueron resignificando propuestas y prácticas hacia modelos más inclusivos y participativos.
De hecho, la concepción en torno derecho a la educación ha sido uno de los temas que más transformaciones ha vivido en la historia reciente de la discapacidad como fenómeno social. Ha sido (y sigue siendo) clave el activismo de organizaciones de personas con discapacidad y sus familias. Tanto en nuestro país como en el mundo, la relación de las personas con discapacidad en relación a la educación ha pasado de la "exclusión", a la meta (aún lejana para buena parte de las personas con discapacidad) de la "inclusión en la educación regular". Pasando también por la organización de sistemas y modalidades de educación especial, (que en términos sociopolíticos se ha denominado "segregación") y a la "integración" en escuelas regulares, que ha diferencia de la inclusión ha sostenido prácticas de normalización y adaptación de estudiantes al entorno educativo.
En la Convención
El artículo 24 de la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad, explicita el derecho a la educación de las personas con discapacidad en todo el mundo. Allí se menciona expresamente que este derecho debe hacerse efectivo "sin discriminación y sobre la base de la igualdad de oportunidades" y que para ello "los Estados Partes asegurarán un sistema de educación inclusivo a todos los niveles así como la enseñanza a lo largo de la vida".
El sentido del derecho a la educación está ligado a la finalidad del desarrollo pleno del "potencial humano y el sentido de la dignidad y la autoestima", de "la personalidad, los talentos y la creatividad de las personas con discapacidad, así como sus aptitudes mentales y físicas"; y la participación efectiva de las personas con discapacidad "en una sociedad libre".
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