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"¿Nuevo paradigma en los derechos de personas con discapacidad?" [Artículo en lavoz.com.ar]

Compartimos este artículo de opinión, publicado originalmente en lavoz.com.ar
La convención de Naciones Unidas sobre los derechos de las personas con discapacidad significa no sólo un avance, sino que ha quitado del medio algunos eufemismos, prejuicios e hipocresías. Susana Parés*. 
La convención de Naciones Unidas sobre los derechos de las personas con discapacidad significa no sólo un avance, en tanto implica la existencia de un acuerdo sobre la cuestión entre las naciones miembro, sino que ha quitado del medio algunos eufemismos, prejuicios e hipocresías.
En efecto, habla de personas, con lo que el término fundamental es ese, y se le adiciona una calificación, “discapacidad”, con el mismo criterio que decimos persona alta, baja, delgada u obesa.
Desde un punto de vista estadístico, a nivel mundial, se considera de forma unánime que las personas con discapacidad oscilan entre un siete y un diez por ciento de la población del planeta, cifra que se reitera en los diversos países y regiones.
La variable (tres por ciento) –que no es menor– depende, entre otras cuestiones, de los métodos utilizados, de la fiabilidad de la información que los censados proporcionan y de la circunstancia de que al ser un dato de índole privada, no es obligatorio brindarlo, pese a la seguridad de anonimato y reserva que los organismos estadísticos pueden ofrecer.
Aun en la hipótesis de la cifra menor, hay que sumar el grupo familiar y social implicado en cada caso de una persona con discapacidad. Así las consecuencias se extienden a un número de personas que significa al menos el 15 por ciento de la población mundial.
Naciones Unidas elabora en forma constante proyecciones estadísticas y ha previsto que el porcentaje mundial de personas con discapacidad ascenderá al 20 por ciento en el lapso de dos décadas. A ese número hay que sumarle las implicaciones de los grupos convivientes. Algunas razones de este incremento: la mayor expectativa de vida de la población en los llamados países desarrollados, los efectos de la subalimentación o la hambruna.
En este orden de ideas, la convención no sólo constituye una herramienta fenomenal para el abordaje sistemático de los derechos de las personas con discapacidad, sino que constituye un hito en la determinación del nuevo paradigma.
Hasta no hace mucho tiempo, la situación de la persona con discapacidad pasaba por la “obligación” que tenía de “adaptarse” a una sociedad pensada para “¿capaces?”.
Hoy el paradigma transita por otros ejes, que determinan que es necesaria e indispensable la participación de las personas con discapacidad y su grupo conviviente en las cuestiones relativas a la accesibilidad, entendida en sentido amplio. Esto también resultará de un proceso de aprendizaje, porque ellos han sido los notorios excluidos de debates y discusiones que determinaban la calidad de vida de que gozarían.
Ninguna voz, gesto, expresión resultará más fuerte y claro que lo que manifiesten las personas con discapacidad.
No debe olvidarse a las personas con trastornos psiquiátricos, que recibieron históricamente el más peyorativo de los tratos. Incluso se ha mezclado la cuestión de género, pues el modo más común de maltratar a una mujer ha sido el de llamarla “loca”.
Como cualquier enfermo, el psiquiátrico merece confort, calidez, higiene, pleno goce de su derecho a estar informado, respeto y confidencialidad.
Este año, la Municipalidad de Córdoba ha incorporado a su plantel docente a una profesional con Síndrome de Down. Esta designación es quizás el anuncio de buenos tiempos por venir y un avance en la instrumentación de políticas de Estado justas y solidarias, que deben sostenerse en el tiempo y más allá de los signos políticos, dado que constituirá uno de los mayores desafíos del siglo 21.

Susana Parés (Doctora en Derecho y Ciencias Sociales, Facultad de Derecho de la UNC )

Fuente: ¿Nuevo paradigma en los derechos de personas con discapacidad?

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