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Discapacidad y género: En el Día Internacional de la Mujer.

El Día Internacional de la Mujer conmemora la lucha de la mujer por su participación, en pie de igualdad con el hombre, en la sociedad y en su desarrollo íntegro como persona. La primera convocatoria tuvo lugar en 1911, y en 1977 la Asamblea General de la Organización de las Naciones Unidas (ONU) proclamó el 8 de marzo como Día Internacional por los Derechos de la Mujer y la Paz Internacional.
El lema del Día Internacional de la Mujer 2013, centrado en la violencia contra la mujer es: “Una promesa es una promesa: momento de pasar a la acción para acabar con la violencia contra las mujeres”.
 
Entonces, además de los cariños, saludos, regalos y demás gestos necesarios, merecidos e impostergables, este es un día en el que nos cabe preguntarnos cómo estamos en relación a la equidad de género, al ejercicio de derechos y el desarrollo pleno de las capacidades de las mujeres en igualdad de oportunidades.  Y particularmente, como organización que trabaja por el ejercicio pleno de los derechos de las personas en situación con discapacidad, preguntarnos por la situación de las niñas y mujeres con discapacidad.
 
Y aquí también la Convención Internacional de los Derechos de las Personas con Discapacidad tiene cosas para decir.  En primer lugar reconoce que las mujeres y las niñas con discapacidad suelen estar expuestas a un riesgo mayor, dentro y fuera del hogar, de violencia, lesiones o abuso, abandono o trato negligente, malos tratos o explotación.  Y que las niñas (y niños) con discapacidad deben gozar plenamente de todos los derechos humanos y las libertades fundamentales en igualdad de condiciones con los demás niños y niñas, y recordando las obligaciones que a este respecto asumieron los Estados Partes en la Convención sobre los Derechos del Niño. 
La convención manifiesta entre sus principios generales y a lo largo de todo el tratado la igualdad entre el hombre y la mujer.  Obliga explícitamente a los estados a asegurar el acceso de las personas con discapacidad, en particular las mujeres y niñas (y las personas mayores con discapacidad), a programas de protección social y estrategias de reducción de la pobreza.
En particular, el artículo 6 de la convención está plenamente dedicado a los derechos de las niñas y mujeres con discapacidad: “Los Estados Partes reconocen que las mujeres y niñas con discapacidad están sujetas a múltiples formas de discriminación y, a ese respecto, adoptarán medidas para asegurar que puedan disfrutar plenamente y en igualdad de condiciones de todos los derechos humanos y libertades fundamentales. Los Estados Partes tomarán todas las medidas pertinentes para asegurar el pleno desarrollo, adelanto y potenciación de la mujer, con el propósito de garantizarle el ejercicio y goce de los derechos humanos y las libertades fundamentales establecidos en la presente Convención.”
 
Es que tradicionalmente, las niñas y mujeres en situación de discapacidad se han visto afectadas por lo que se conoce como la doble discriminación, es decir por la situación de discapacidad y por género.
Las niñas y mujeres con discapacidad soportan aún más que los varones con discapacidad los prejuicios, estereotipos y estigmas, generalizados en todos los ámbitos, que distorsionan la imagen social del colectivo y generan exclusión de los espacios de desarrollo de la vida.
Instrumentando prácticas, normas y políticas que fomentan la sobreprotección y la dependencia, la sociedad ha tendido a aislar y a segregar a las mujeres con  discapacidad. Sutil discriminación que sigue siendo un problema grave y alarmante, y que se traduce en mayor desempleo, menor acceso a los servicios de salud, menos acceso a la educación, escaso o nulo acceso a los programas y servicios dirigidos a mujeres en general, mayor riesgo de padecer situaciones de violencia y abusos, etc.
 
Entonces nos preguntamos: Por qué siguen siendo más, muchos más, los niños, jóvenes y hombres con discapacidad que alcanzan más y mejores espacios de participación a lo largo de la vida, en relación a las niñas y mujeres. ¿Y qué estamos haciendo al respecto?
¿Qué lugares de autonomía conquistan los varones con discapacidad en sus familias y en la vida… y las mujeres? ¿Cuántas chicas finalizan sus estudios, en relación a los varones? ¿Cuántas chicas tienen una vida social activa? ¿Cuántas trabajan? ¿Cuántas mujeres con competencias y capacidades adecuadas hacen uso de sus bienes? ¿Cuántas mujeres con discapacidad intelectual ejercen hoy sus derechos a la participación, a la salud, a la intimidad, a la sexualidad, a realizarse como mujeres plenas?
 
El sentido del Día Internacional de la Mujer es precisamente llamar la atención sobre estas y muchas otras preguntas, y promover las transformaciones sociales necesarias para que año a año no vuelvan las mismas respuestas.

Lic. Martin Passini.
Comunicación Institucional.
APADIM Córdoba.

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