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La persona con discapacidad como sujeto de derechos.Tercer encuentro del curso Enfoque de Derechos Humanos en discapacidad.

El sábado 22 de agosto nos encontramos en el tercer encuentro del curso, con la propuesta de avanzar en la noción de persona que plantea la convención y el modelo social, en tanto sujeto de derechos, haciendo énfasis en conceptos y procesos vinculados a la sexualidad, la autonomía, el empoderamiento, la participación y protagonismo y el derecho al trabajo, entre otros.
Sexualidad y personas con discapacidad
La jornada inició con la proyección de fragmentos del episodio “Parejas”, del programa de la señal Encuentro: “Yo Bailare”. El video sirvió como disparador para trabajar aspectos como la autonomía, la libertad de tomar las propias decisiones en relación a la vida afectiva y los derechos sexuales y reproductivos.
Partiendo de la mirada de sujeto de derecho que plantea el modelo social plasmado en la Convención, en la actualidad existe una distancia entre la formulación de un derecho -su expresión formal en la normativa vigente- y su efectivo cumplimiento en la práctica y situaciones cotidianas en los distintos ámbitos, siendo una cuestión que involucra tanto al Estado como a la Sociedad Civil.  La capacitadora Graciela Bordagaray comentó así que los procesos vinculados a la sexualidad de las personas con discapacidad muchas veces se encuentran mediatizados por representaciones sociales, miradas familiares y mitos que atraviesan no sólo el ejercicio de la sexualidad, sino en general la perspectiva de género y la intimidad de cada persona.
"Hablar de sexualidad es reconocer un proceso dinámico y complejo que convoca miradas de varias generaciones acerca de las diferentes maneras de ser sujetos en diferentes contextos culturales e históricos. Esto implica revisar cuestiones acerca de las relaciones entre varones y mujeres, de cuerpos y poderes, de deseos y placeres, de palabras que nombran o que omiten”.
La sexualidad se construye en las distintas etapas vitales de la vida de la persona, es inherente a todos los seres humanos, está presente en todos los momentos de la vida y plantea un modo de ser y habitar el propio cuerpo, el vínculo con los otros, experimentando y transitando placer, deseo, amor, erotismo.
Y en este sentido “no hay sexualidades especiales, hay una sexualidad humana en general y modos singulares de constituirse como sujetos sexuados”. Como construcción social e histórica la sexualidad está atravesada por múltiples dimensiones, no sólo por lo biológico-psicólogo. La constituye una compleja trama social, cultural y política que permite pensar la sexualidad acorde con sujetos y subjetividades, comprendiendo mejor las realidades humanas en términos de procesos más inclusivos.
Con estas nociones a cuestas la perspectiva de género nos permite problematizar y deconstruir mandatos socialmente adjudicados. Nos plantea pensar cómo las sociedades y la representaciones sociales fueron “diciendo que debe hacer un varón, que debe hacer una mujer, lo que es esperable atraviesa a toda la sexualidad de la persona”. 
La deconstrucción de los mandatos permite revisar mecanismos y lógicas invisibles instituidas en una sociedad: de costumbres, de modos de ser y sentir el mundo y de relacionarse con los demás. La propuesta entonces es revisar esas estructuras sociales determinadas con una mirada crítica y poniendo en cuestión roles preestablecidos y estereotipos de género que establecen desigualdades, promoviendo cambios tendientes a garantizar la igualdad de derechos y responsabilidades entre distintos sexos. Borgaray planteaba “si bien todos somos iguales en materia de derechos, todos somos diferentes en el modo de expresar nuestras emociones, nuestros sentimientos y ejercer la propia sexualidad”.
Esos procesos de revisión incluye los mitos que se reproducen en la sociedad ligadas a la sexualidad y la discapacidad: que las personas con discapacidad no pueden tener sexo, que son asexuadas, o hiper-sexuadas que su desarrollo nunca alcanza la genitalidad, etc. “Las personas con discapacidad pueden disfrutar del amor, expresar su sexualidad y también tener relaciones sexuales si lo desean. No hay limitaciones pre-establecidas y en la mayoría de los casos, cada uno encuentra su propio límite a través de experiencias sucesivas que sólo puede vivir y procesar por sí mismo”.
En la Convención Internacional sobre los Derechos de las Personas con discapacidad, en los artículos 19 “Derecho a vivir de forma independiente y a ser incluido en la comunidad” y el artículo 23 “Respeto del hogar y la familia”, plantean la efectividad de este derecho, en donde los Estados partes y las instituciones deben generar los apoyos apropiados y razonables para propiciar la elección igualitaria y autónoma de las personas en cuanto a tener una sexualidad plena, vivir de forma independiente, a formar una familia.
En el marco del compromiso del Estado de garantizar las condiciones para el libre desarrollo de la voluntad de las personas, lo que incluye el goce de los derechos sexuales en base a decisiones y elecciones personales, las instituciones educativas deben planificar dispositivos pedagógicos adecuados para la formación de sujetos autónomos, libres y responsables en el desarrollo de la propia sexualidad.
La ley 26.150 de Educación Sexual Integral (E.S.I.) establece esta obligación en el Estado Nacional y los estados provinciales, como un derecho de los chicos y de las chicas en todas las escuelas del país, privadas y/o estatales, confesionales o laicas, de nivel inicial, primario, secundario y para la educación superior, en cualquiera de sus modalidades. Impulsa el desarrollo de saberes y habilidades para la toma de decisiones en relación al cuidado del propio cuerpo, las relaciones interpersonales y el ejercicio de la sexualidad.
En el marco del debate y desde las distintas experiencias de los y las asistentes, se coincidió en que en las instituciones educativas y en la sociedad en general, todavía queda mucho por avanzar en relación a la aplicación efectiva y articulada de la E.S.I., así como en los procesos de deconstrucción de aquellos mandatos, mitos y estereotipos que todavía gobiernan las representaciones sociales vinculadas a la sexualidad de las personas con discapacidad.
La personas en las representaciones y discursos sociales.
Partiendo de la premisa de que los discursos sociales constituyen por un lado una realidad en sí misma que vehiculiza y configura sentidos sociales, a la vez que saberes y poderes que se ponen en juego en las relaciones humanas, y que en esos procesos de significaciones se van moldeando realidades, Martín Passini plantea que ciertos discursos y representaciones sociales pueden constituir en sí mismas barreras.
“Ya vimos que desde el modelo social entendemos a la discapacidad como una limitación en la participación, que resulta de la relación de las personas y las barreras que la sociedad impone y que en definitiva son las que explican las exclusiones.  Es decir, que la diversidad funcional o las deficiencias que uno pueda tener no implican que esa persona no pueda participar y ejercer sus derechos plenamente; lo que explica la exclusión es que hemos desarrollado sociedades que no contemplan esas diversidades.  Entonces nos preguntamos, así como con los mitos de la sexualidad, si los discursos vinculados a la discapacidad no ejercen en sí mismos, con el poder de significación de la realidad que conllevan, barreras comunicacionales que generan discapacidad.”
Se propuso así el ejercicio de análisis del discurso de un artículo periodístico que reproduce términos, frases y conceptos de uso habitual en las referencias hacia las personas con discapacidad.  A modo ilustrativo se realizó este ejercicio para comprobar cuán incorporado tenemos, en nuestro uso corriente, términos y nociones que apelan a representaciones de persona con discapacidad vinculadas a los modelos médico/rehabilitador o de marginación y prescindencia.  Desde referir como chicos/as a personas adultas, la terapeutización de la vida hasta la idea de la persona con discapacidad como una carga, se reiteran acríticamente ideas que conforman un “sentido común” sobre la discapacidad que funciona como barrera para concebir a la persona como un sujeto de derechos.
Y así, con los aportes de todxs se insistió en la necesidad de problematizar nuestros propios discursos, ponerlos en cuestión, “observar qué decimos cuando decimos determinadas cosas” para no reiterar y en definitiva construir relatos, narrativas, mensajes que resulten más inclusivos, respetuosos y hasta transformadores.
De las representaciones sociales al derecho al trabajo.
Estas concepciones de persona se reproducen en la participación y protagonismo de la persona en el ámbito laboral y en la mirada de los empresarios y de la sociedad en relación al trabajo y la productividad de las personas con discapacidad.
En este sentido, Norma Baratta explica que el artículo 27 de la Convención establece que es obligación de los Estados garantizar el derecho de las personas con discapacidad a ganarse la vida mediante un trabajo que ellos mismos elijan o acepten voluntariamente, puedan formar parte de entorno laborales accesibles y  prohíbe la discriminación por motivos de discapacidad en todas las formas de empleo.
Si bien el acceso al trabajo, debería ser una realidad básica de derecho, el proceso de encontrar un empleo requiere de la implementación de estrategias, adquiriendo complejidad de acuerdo a las características del mercado laboral, quedando vastos colectivos relegados y generando esta falta de participación económica incertidumbre frente a los proyecto de vida individuales.
En este sentido, Baratta comenta que la aplicación de las disposiciones de la convención sobre el trabajo y el empleo, amparan a las personas con discapacidad cualquiera sea la etapa de empleo en que se encuentren: cuando buscan empleo, progresan en el empleo o adquieran una discapacidad durante el empleo y desean permanecer en su trabajo.
En este aspecto destaca que la productividad del puesto del trabajo que realiza la persona es esencial para una verdadera inclusión laboral en la empresa, participe activamente en lo social y en lo productivo, “siendo un desafío de la convención para los estados, implementar políticas, no sólo a través de medidas de afirmación positiva como son los cupos laborales, las acciones políticas que se realiza a través de ministerios de trabajo, como el Programa Primer Paso o programas de entrenamiento”.
Desde el punto de vista práctico, los gobiernos, los sindicatos de trabajadores, los empleadores y las personas con discapacidad y las personas y organizaciones que las apoyan pueden colaborar para promover la integración social y económica de éstas.
En este sentido y desde su experiencia como coordinadora del Programa de Promoción Sociolaboral de APADIM, Baratta comenta que el trabajo genera en las personas con discapacidad innumerables oportunidades de participación social, posibilita independencia económica, autonomía y favorece significativamente su calidad de vida.
La iniciativa del programa es promover la inserción de jóvenes en el mercado abierto, con la intencionalidad de generar procesos y apoyos necesarios para que en el ejercicio pleno de ciudadanía, puedan sostener procesos laborales reales, promover su autonomía y la posibilidad de construir proyectos de vida con el eje en el trabajo.
Los alcances y etapas de este proceso de inclusión de los jóvenes en las empresas, implica un seguimiento del equipo de trabajo, en conjunto con el trabajador, las empresas y los coordinadores o supervisores que acompañan el proceso del joven en el interior de los espacios productivos en los que se desenvuelven.
El vínculo con la empresa permite que los empresarios puedan conocer e informarse y cambiar representaciones sociales que son muy fuertes a la hora de generar inclusión. Se trabaja con inquietudes y nociones de contratación que muchas veces suelen estar presentes y no habilitan la inclusión real y productiva de la persona. Por lo tanto se trabaja desde la intención real de la empresa del beneficio de contratación del puesto, salario por horas trabajadas, contrato firmados con la persona sin intermediarios, con capacidad jurídica  para ejercer este derecho con las leyes de trabajo vigente, aportes y contribuciones iguales a sus otros compañeros.
Los trayectos laborales de los jóvenes abren la puerta a otros espacios y al ejercicio de otros derechos sociales y culturales, como es la sociabilidad con los pares, el ejercicio de autonomía, decidir qué hacer con su dinero, nuevos roles al interior de las familias, se empoderan de nuevos espacios y ejercen ciudadanía.

Tercer encuentro del curso Enfoque de Derechos Humanos en discapacidad.El sábado 22 de agosto nos encontramos en el...
Posted by Apadim Córdoba on Miércoles, 2 de septiembre de 2015

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