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Curso Derechos Humanos y Discapacidad: Hacia la construcción de sociedades inclusivas.

Continuando con la propuesta del curso, en el quinto encuentro avanzamos en el tercer eje transversal de la capacitación: hacia la construcción de sociedades inclusivas, haciendo énfasis en cómo el Estado en sus distintos niveles se organiza en torno al tema de la discapacidad, la transversalidad de la temática en todos los sectores, el Certificado Único de discapacidad y su aplicación, la heterogeneidad del colectivo de las personas con discapacidad, el Código Civil y los desafíos en función de implementar las políticas públicas y la participación de la sociedad civil en la aplicación y cumplimiento de la convención.
Imagen de asistentes realizando un afiche de la actividad propuesta.
Organizaciones y articulación en la temática.
Para comenzar la jornada se comenzó con la propuesta de que los asistentes, desde la propia experiencia y conocimientos familiares, profesionales, como estudiante, divididos en cuatro grupos distintos, pudieran distinguir organismos y entidades: a nivel municipal, provincial y nacional y organizaciones de la sociedad civil que estuvieran vinculadas a la discapacidad.
De esta manera, cada uno de los grupos conversaron y recopilaron información sobre la organización designada (nacional- provincial- municipal- organizaciones de la sociedad civil) pensando cuáles son sus funciones, que tipo de articulaciones tienen entre sí y cuáles son las experiencias que han tenido con esos espacios, para luego poner en común con el resto de los compañeros.
La propuesta, en el marco del debate y desde las distintas experiencias de los asistentes, permitió hacer una comparación de las políticas públicas implementadas por el Estado y cómo es la participación de la sociedad civil en el control de estas políticas en discapacidad.
Poder reflexionar y tener una perspectiva general de cómo funcionamos como organización social, como sistema social, como país y Estado en relación a estas políticas públicas.
Transformaciones jurídicas: Comité sobre los Derechos de las personas. Armonización Legislativa. Certificado único de Discapacidad
La Convención Internacional sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad, insta a los Estados partes al cumplimiento de la organización de los articulados que establece a través de la aceptación y ratificación de cada uno de los países y como esa adhesión debe ser implementada en cada país.
Imagen de los asistentes del curso.
Para el cumplimento y control de su aplicación, la Convención establece y conforma el Comité sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad de las naciones unidas, como entidad de observación, evaluación y  control de la implementación de la Convención en los distintos países.
Este Comité está formado por personas independientes y su objetivo es recibir los informes de los distintos países sobre las medidas que han hecho para garantizar los derechos de las personas con discapacidad, estudiar los informes y proponer sugerencias y recomendaciones para la aplicación de la Convención.
En el caso de nuestro país en el primer informe presentado intervinieron representantes de organismos del Estado Nacional, del Consejo Federal de Discapacidad, y algunas organizaciones de la sociedad civil de y para las personas con discapacidad y observadores invitados.
Este equipo constituido como Grupo de trabajo nacional, elaboró el documento y estuvo coordinado  desde la secretaria general de la CONADIS.
El Estado nacional por lo tanto, presenta al Comité en el 2010, el primer Informe país donde da cuenta de cómo se está implementando la Convención y en el año 2012 recibe también un Informe alternativo- conocido como Informe sombra- elaborado por una red de organizaciones de la sociedad civil ( REDI- CELS- FAICA-FENDIM-ADC) que plantean una descripción de la aplicación de la Convención en Argentina, sugerencias de preguntas para el Estado y recomendaciones.
El Comité debe realizar una evaluación de ambos informes presentados y en este proceso de evaluación de cada estado, hace una devolución con recomendaciones y observaciones para instar que cada país cumpla con la aplicación de los articulados de la Convención.
En este marco, los capacitadores Martin Passini y Mariana Gandolfo, compartieron el Informe del Comité con sus recomendaciones, analizando los principales aspectos positivos, ámbitos de preocupación y recomendaciones, comentando cual es el estado actual y el seguimiento de dichas observaciones.
Imagen muestra a los asistentes de la capacitación
Una de las recomendaciones del Comité más importantes fue la necesidad de establecer una armonización legislativa en discapacidad y en relación con la convención que tienen que ver con los cambios en el nuevo Código Civil.
La mirada del nuevo Código plantea la presunción de capacidad  y el ejercicio de esa capacidad de todas las personas, como derecho humano establecido y en coherencia con la Constitución y con los tratados de derechos humanos, como la Convención.
Esto es un cambio transcendental ya que el Código establece la presunción de capacidad de todas las personas y queda limitada la restricción a la capacidad de las personas sólo para algunas situaciones particulares para algunas personas y siempre privilegiando la voluntad de la persona, su autonomía, promover la voluntad de la persona.
Para estos casos el código civil establece un sistema de apoyos para el ejercicio de la capacidad jurídica con salvaguardas adecuadas y ajustes razonables a esa persona y que esos apoyos funcionan específicamente para los actos jurídicos de los cuales realmente requiere apoyos esa persona, en oposición a la figura de curador que era una sola persona la que decidía que era la mejor para esa persona.
Estas transformaciones jurídicas deben repercutir en la práctica concreta de los operadores de la justicia, quienes deberán cambiar procedimientos y prácticas, apropiarse de nuevos recursos y de esta nueva mirada, modificando toda una cultura judicial anterior al Código.
En este contexto de transformaciones y adecuaciones, en la actualidad la aplicación del CUD – Certificado Único de Discapacidad en todo el país, se presenta de manera irregular en las distintas provincias.
El certificado es un documento público de validez nacional emitido por una junta evaluadora interdisciplinaria que certifica la discapacidad de la persona y por medio del cual permite acceder a una serie de derechos y beneficios estipulados por la Leyes Nacionales Nº 22.431 y Nº 24.901 y la Cobertura Integral de las Prestaciones Básicas de Habilitación y Rehabilitación y a la Cobertura Integral de Medicación (Ley Nº 23.661, art. 28)
Ente las dificultades de su aplicación federal se presentan la heterogeneidad de los recursos económicos de las provincias en cuanto a recursos tecnológicos que se le solicitan para el registro virtual de las personas con discapacidad en un padrón único y la coexistencia del certificado de discapacidad anterior, obstáculos administrativos, jurídicos y culturales para su implementación.
Un espacio de intercambios en donde se propuso compartir y reflexionar sobre como estas transformaciones y adecuaciones- la implementación de las políticas públicas en el país y la armonización legislativa- deben articularse con el fortalecimiento y participación cooperativa de los movimientos de las organizaciones de la sociedad civil, en un contexto de descentralización federal y de heterogeneidad del colectivo de las personas con discapacidad.

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