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¿Las personas con discapacidad tenemos derecho a la privacidad?

Por: grupo del Taller de Decisiones*
La Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad dice en el artículo 22, sobre el respeto a la privacidad:
  1. Ninguna persona con discapacidad, independientemente de cuál sea su lugar de residencia o su modalidad de convivencia, será objeto de injerencias arbitrarias o ilegales en su vida privada, familia, hogar, correspondencia o cualquier otro tipo de comunicación, o de agresiones ilícitas contra su honor y su reputación. Las personas con discapacidad tendrán derecho a ser protegidas por la ley frente a dichas injerencias o agresiones.
  2. Los estados partes protegerán la privacidad de la información personal y relativa a la salud y a la rehabilitación de las personas con discapacidad en igualdad de condiciones con las demás.

Cartel elaborado en el taller. Leyenda: Prohibido el Paso. Respetá mi privacidad.

¿A qué tenemos derecho entonces?

En el taller de decisiones escribimos y contamos las cosas que queremos que se respete, a nosotros y cualquier persona, porque tienen que ver la privacidad, con la intimidad:
  • Tengo derecho a estar a estar en mi cuarto con la puerta cerrada
  • Tengo derecho a hacer en mi pieza lo que yo quiera sin ser interrumpido
  • Tengo derecho a bañarme solo/a si es que no necesito ayuda
  • Tengo derecho a no contar todo sobre mi vida personal y mi intimidad
  • Tengo derecho a tener secretos
  • Tengo derecho a que nadie toque mis cosas (correspondencia, dibujos, cartas de amor, bolso, mochila)
  • Tengo derecho a tener un lugar a solas para estar con mis amigos/as
  • Tengo derecho a tener un lugar en la intimidad para estar con mi pareja

Tenemos derechos porque somos personas

* El Taller de Decisiones es un espacio en la institución en el que personas con discapacidad, jóvenes y adultos, discuten y comparten sus experiencias en torno a la libertad de tomar las propias decisiones, la autonomía, la vida independiente y el ejercicio pleno de los derechos.

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