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Segundo encuentro del curso Derechos Humanos y Discapacidad

El sábado compartimos el segundo encuentro del curso Derechos Humanos y Discapacidad, adentrándonos en la propuesta de realizar un recorrido extenso sobre la Convención Internacional sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad, sus principales artículos y principios que la estructuran.
La idea era no sólo continuar profundizando los contenidos propuestos, sino pensarlos desde las experiencias, interrogantes y debates que pueden generarse desde las distintas realidades profesionales, sociales y familiares cercanas en relación a la Convención. 
De esta manera se realizó un análisis transversal y estructural del documento, reconociendo definiciones, principios generales y los artículos fundamentales y cómo la Convención es una herramienta jurídica que concreta y pone de manifiesto un largo proceso histórico de cambios de miradas en torno al reconocimiento de las personas con discapacidad como sujetos plenos de derechos. 
Una foto con algunos de los participantes del curso
Las compañeras que nos acompañaron en este encuentro, lic. Mariana Gandolfo y Marilina Hidalgo, desde sus experiencias en territorio, su formación en la temática y militancia en distintas organizaciones referentes en derechos humanos y discapacidad, facilitaron durante todo el encuentro, el debate y el diálogo como forma colectiva de aprendizajes y saberes nuevos. Se habilitó espacios para el intercambio de miradas y reflexiones que ponían en foco construcciones y prácticas sociales en relación a la discapacidad, observando y poniendo en juego como muchas de estas prácticas reproducen ciertos estereotipos, como se gestaron los procesos de lucha y reivindicación para modificar realidades de vulneración de derechos y como la Convención nos ofrece la oportunidad política de sostener y acompañar procesos de empoderamiento y autonomía de las personas con discapacidad.
En este amplio proceso de modificaciones, cambios y debates aún abiertos y falta de consolidación de derechos sociales, la Convención nos ofrece la oportunidad de ser una normativa jurídica y vinculante, de conquista colectiva y de poder de transformación social que podemos utilizarla en nuestras prácticas cotidianas. 
En este sentido, Mariana Gandolfo destacaba la importancia de pensar los procesos en el marco de la historia, ya que esto nos permite dar cuenta en donde estamos y permite anclar la discapacidad en el marco de derechos y desde el modelo social, aun con vestigios de modelos anteriores y vulneraciòn de derechos del colectivo.
En esta linea de empoderamiento de espacios y derechos, plantea que la escritura de la Convención, es de lectura amable, simple y entendible, explicada en términos sencillos para todas las personas, que no provienen del campo de lo jurídico o del derecho, y que esto nos permite acudir a ella para pelear instancias profesionales y experiencias contrarias al derecho. El articulado de la Convención, por lo tanto, nos permite aplicar sus artículos y principios en situaciones de vulnerabilizaciòn de derechos. 
Esta pertinencia y legitimidad, es posible porque en la conformación de la Convención si bien participaron expertos de distintas parte del mundo, las personas con discapacidad y las organizaciones no gubernamentales para personas con discapacidad tuvieron una militancia muy activa y decisiva, participando en la redacción, definiciones y elaboración del articulado y la presión de conquista de un colectivo heterogéneo y protagonistas de su propia historia.
Mariana Gandolfo, capacitadora del encuentro
La estructura analítica de la Convención y sus cinco derechos genéricos
El fuerte activismo en la construcción ideológica y conceptual en el articulado de la Convención, refleja reivindicaciones, derechos y condiciones sociales del colectivo desde el modelo social y enfoque de derechos humanos, y nos plantea el inicio de una nueva etapa de desafíos a los países firmantes.
La apuesta es pensar como enfatizaba Gandolfo, a la personas con discapacidad desde el lugar de la acción y no de protección, como los modelos anteriores en discapacidad. Lo que propone la Convención, desde el modelo social, es no hablar de diagnósticos médicos o rótulos, sino propone responder a ciertas condiciones políticas, sociales y culturales vigentes y como es su incidencia en las sociedades. Es decir define cuatro grandes tipos de discapacidad, desde un modelo social, de derechos, inclusivo y diverso, destacando que el Estado es uno de los principales actores sociales que debe garantizar el acceso a derechos en igualdad de condiciones y garantizar la igualdad de oportunidad para todos.
Con diversos comentarios y ampliando mas los contenidos propuestos y el intercambio constante, Mariana pudo graficar estas reflexiones en como es el acceso a la vida cultural de las personas con discapacidad.
Y desde allí y mostrando lo que aún falta por consolidar, es pensar que las personas con discapacidad puedan acceder a la cultura no solo como consumidores de propuestas culturales, sino como productores y gestores de contenido cultural. Y esto no solo obedece a una falta de formación inclusiva en carreras académicas, sino tambien en generar políticas publicas que promuevan en el ámbito cultural la circulación de experiencias y productos culturales donde las personas con discapacidad participen como productores de cultura. 
En un segundo momento del encuentro Marilina Hildago y en línea con lo que venimos trabajando, propuso pensar si conocemos en el ámbito educativo profesores con discapacidad que estén ejerciendo su profesión. A partir de este planteamiento, les propuso ver un video, para luego reflexionar y debatir sobre ello, que relataba los obstáculos e impedimentos que tuvo Emiliano Naranjo, hoy profesor de educación física con discapacidad motriz, para poder dar clases en una escuela y realizar el profesorado en educación física en la universidad. Una historia de reclamos justos, experiencias discriminatorias y contrarias al derecho, pero tambien de un fuerte apoyo y militancia activa, que ponía en evidencia como se vulneraba su derecho de acceder a una educación superior, en un ámbito público y gratuito, como es la universidad y se limitaba el ejercicio de su profesión.
 Marilina Hidalgo, comenzando el segundo momento del encuentro
Captura de imagen del video donde  Emilano Naranjo nos cuenta su historia
Emiliano nos comentaba su lucha en ese”espacio marginal” que la sociedad les confiere al colectivo y sostiene que hay que: “rebelarse y trabajar para los que vienen detrás de mi… visibilizar estas cosas y dar mayor libertad y formas nuevas mas libres“
Afianza la idea de la interdependencia de todos y todas en nuestra vida en sociedad al mencionar “Nunca todos estamos preparados para todo, pero siempre tenemos un apoyo para lograrlo… somos personas con derechos y aportamos a un mundo social y a un mundo común que contribuimos todos”
Esto nos llevó a pensar en libertades y derechos, batallas y conquistas, pero también distinguir que existen ciertas formas de pensar el hacer docente como válidas y legítimas, asociadas con la capacidad de los cuerpos y formas estandarizadas de transmisión de saberes, que no operan en sentidos inclusivos y diversos, no apuestan a distintas alternativas por las cuales se puede compartir un saber o un conocimiento, sino que recurren a formas esperables y deseables del ser docente en cuerpos heteronornativos y capaces.
Con este disparador Marilina nos propuso entonces como a partir de los propósitos transversales de igualdad, autonomía y libertad de las personas con discapacidad asociados al principio de no discriminación, la participación plena y efectivas en la sociedad, podemos comprender la razón de ser de los derechos, cómo están interrelacionados y las implicancias que tienen para todas las personas.
Que sentidos y representaciones otorgamos a la idea de dignidad como condición inalienable e inherente de todas las personas y como esta ha sido vulnerada al propiciar condiciones de vida digna contrarias y sujetas a discriminaciones históricas que ha sufrido el colectivo.
En este sentido la Convención viene arrojar luz al entender la autonomía individual como forma de expresar la libertad de las personas de tomar las propias decisiones y de tener la posibilidad del control y la construcción de un proyecto de vida. En todo aquello que la persona desee para su vida, necesite y decida hacer con su vida, en un mundo que contemple a todos y a cada uno con su diversidad y en sus modos de ser y habitar el mundo.
La autonomía de las decisiones, la independencia y la formas de concretarlas, nos muestran que todas las personas como sujetos sociales necesitamos de un otro para realizar determinadas acciones o actividades.
Este sentido de interdependencia cotidiano en nuestra vida, nos lleva a pensar cuales son los apoyos necesarios, justos y razonables para acompañar a la persona con discapacidad para realizar o tomar una determinada acción, decisión o ejercer un derecho.
Aquí fue importante poder distinguir entre los ajustes razonables y la accesibilidad en las sociedades, diferenciando que la accesibilidad es previa y universal con condiciones para acceder a todas las cosas, en tanto que los ajustes razonables es posterior y particular; no hay una posibilidad de accesibilidad de esa persona y por lo tanto se hace un resarcimiento y reparación a ese daño por no poder acceder.
Avanzamos en conceptos y principios de la Convención

En este punto, es prioritario pensar en la racionalización de ese ajuste y que no limite derechos de otras personas, evaluarlos y pensarlos, protegiendo la autonomía y la libertad de las personas.
En este marco, uno de los principales artículos de la Convención es el articulo 12, como comentaba Martin Passini, director del curso: “En defensa de los derechos de las personas, su posibilidad de poder decidir y saber que quieren y es central en la lucha de las organizaciones de personas con discapacidad.
El articulo establece que los estados partes reconocen que todas las personas tienen capacidad jurídica e igualdad en el derecho de toma de decisiones e introduce el concepto de sistema de apoyo como una herramienta que ayuda a las personas.
Las diferencias entre un curador y el nuevo concepto de sistema de apoyo de la Convención, es fundamental para la vida y el ejercicio de derecho para las personas con discapacidad.
El curador es una persona que el Estado designa para que tomen todas las decisiones por la persona con discapacidad, es para toda la vida, no tienen un sistema contralor y es en general es un familiar directo, madre, hermana quien toma todas las decisiones. Se declara la insanìa y muerte civil de la persona, y de esta manera no tiene derechos económicos y civiles, esto implica no poder comprar ni vender bienes, no pueden heredar, tampoco votan (no aparecen en los padrones), no pueden casarse, entre algunos de los muchos derechos que les son negados.
Contrario a esto, el sistema de apoyos parte de los deseos y la confianza de las personas con discapacidad en elegir personas y/o instituciones que las ayude a contar con determinadas herramientas para que puedan tomar sus propias decisiones. 
El sistema de apoyo puede ser distintas personas, familiares, amigos, organizaciones, no es para siempre y debe revisarse periódicamente para aquellas cuestiones que las personas con discapacidad requiere realmente de apoyos.
No es un artificio ya que deviene en apoyos naturales y cotidianos que todos tenemos en nuestra vida, como planteaba Martín: “siempre acudimos a determinadas personas que nos apoyan en determinadas situaciones, no se ve en la misma manera cuando se trata de personas con discapacidad”. Ante esto enfatizaba entonces, que el sistema de apoyos es: “la plasmación jurídica de apoyos naturales que todas las personas durante nuestra vida necesitamos por el hecho de vivir en sociedad”.
Es muy importante destacar que no todas las personas tienen las mismas necesidades y por lo tanto este sistema se construye a medida y desde cada persona con salvaguardias adecuadas y temporales. Esto evita que las personas con discapacidad sean sometidas a influencias indebidas y que los apoyos no sustituyan a la persona, sean reales y no engañosos. El limite temporal del sistema de apoyo es una salvaguarda en si mismo, y evita de esta manera, que no se transforme en otra cosa con el tiempo.
Porque sostenemos y somos militantes del “nada de nosotros sin nosotros”, lema que tomaron como bandera las personas con discapacidad, quisimos acercar las voces de los jóvenes y adultos que participan del taller de decisiones en el centro de día de APADIM. En este video nos comentan su historia y como fue el proceso de conformación del espacio donde fueron decidiendo y apropiándose de derechos y libertades con una fuerte militancia en distintos espacios sociales.
El taller de decisiones en radio abierta en la plaza San Martín : "La palabra derechos es una palabra que debe
ser ejercida y que no debe ser vulnerada y que día a día debe ser trabajada" 

Entrevista con algunos de los compañeros del taller de decisiones  
Como ellos nos comentaban: “…al principio le llamábamos taller de derechos, pero todo el tiempo de lo que hablábamos era de un derecho en particular: el derecho de tomar nuestras propias decisiones. Por eso decidimos llamarle taller de decisiones, porque era lo que más nos importaba
Como cuando uno decide salir a bailar, o ir a la cancha, o a algún espectáculo público, o como cuando uno decide estar solo en su cuarto, o tener pareja... son decisiones. Y las decisiones se deben respetar” 
Como trabajadores en discapacidad debemos pensarnos en esta bisagra y conceptualizar que implica el ser apoyo de personas con discapacidad, que correlato tiene esto para la autonomía y la autodeterminación de las personas y como el trabajo en nuestras organizaciones nos permite acompañar trayectos, realidades y espacios en comunidad más adecuados e inclusivos.
Tenemos mucho por hacer. Apoyanos para seguir construyendo una sociedad más inclusiva.  Aquí te contamos cómo.

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