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Coronavirus y Discapacidad - Disposiciones del Gobierno y Materiales.

Para facilitar el acceso a la información, a través de las fuentes oficiales, en esta entrada compartimos una recopilación de las principales medidas tomadas en el ámbito de la Educación, y específicas sobre los derechos de las personas con discapacidad, y servicios prestacionales. Tanto por los Ministerios de Educación y de Salud de la Nación, la Agencia Nacional de Discapacidad, el Ministerio de Educación de la Provincia de Córdoba y la Secretaría de Discapacidad, Inclusión y Rehabilitación de Córdoba.

(artículo en desarrollo, actualizado al 02 de abril de 2020)

"Nosotros también somos ciudadanos" Leyenda sobre una pancarta.

  • 01/04/2020 - Resolución 69/20 de la Agencia Nacional de Discapacidad: ante la extensión de la medida de Aislamiento Social Preventivo Obligatorio, esta resolución extiende las Prestaciones a distancia para personas beneficiarias del Programa Federal Incluir Salud. Para que las personas con discapacidad sigan manteniendo sus prestaciones básicas a distancia a través de teletrabajo, telefonía o utilizando cualquier otro dispositivo técnico, que permita la continuidad de la misma; reconociendo el pago de las mismas a los prestadores.
  • 01/04/2020 La Resolución -2020-282 de la Superintendencia de Servicios de Salud (SSS) recomienda que, «durante el plazo de vigencia de la medida de “aislamiento social, preventivo y obligatorio” (...) y las eventuales prórrogas que pudieren disponerse, los Agentes del Seguro de Salud y las Entidades de Medicina Prepaga deberán implementar y fomentar el uso de plataformas de teleasistencia y/o teleconsulta, a fin de garantizar las prestaciones de demanda esencial.» 
    Recomendaciones del Ministerio de Salud de la Nación para el Coronavirus en formato con pictogramas: fuente ANDIS.
  • El decreto del Gobierno Nacional sobre aislamiento obligatorio habilita en las excepciones a quienes asisten a personas con discapacidad en sus domicilios, pueden salir de sus casas para brindarles la atención correspondiente. Asistentes personales, intérpretes, cuidadores domiciliarios, otros apoyos que contribuyen al sostenimiento de las actividades de la vida diaria. Se recomienda tener copia del CUD de la persona asistida, también alguna constancia de matriculación y/o colegiatura de la profesión que los respalda y una autorización de la persona con discapacidad y/o familiar que la asistencia.


  • Resolución de la Superintendencia de Servicios de Salud (SSS) de la Nación (17/03/2020). Medidas de cuidado para las Personas con Discapacidad. Resguardo de las personas con discapacidad en sus domicilios. Disposición de instituciones y equipos para brindar apoyos o la asistencia que las personas con discapacidad y sus familias requieran. Garantía por la SSS de la cobertura de las prestaciones médico asistenciales que se vean afectadas por esta medida, previstas en el Nomenclador de Prestaciones Básicas para Personas con Discapacidad.
  • Para encontrar todas las medidas que viene tomando el Gobierno Nacional en el marco del actual estado de emergencia, tanto a nivel de presidencia como de los diferentes Ministerios, podés ingresar en la página oficial aquí.

Anteriores

  • Resolución (13/03/2020) Ministerio de Educación de Córdoba, de adhesión a las disposiciones de la Resolución N° 103-2020-APN del Ministerio de Educación de la Nación, para su aplicación en todos los establecimientos educativos de gestión estatal y de gestión privada de todos los niveles de la Provincia de Córdoba.

Tenemos mucho por hacer. Apoyanos para seguir construyendo una sociedad más inclusiva.  Aquí te contamos cómo.

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